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Conferencia de prensa del Caucus Indígena en la COP21. Foto: Servindi

COP21: Foro Indígena pide referencia explícita a los derechos de los PP.II. en artículo 2 de acuerdo climático

Publicado: 2015-12-08

Servindi, 8 de diciembre, 2015.- Mientras avanza la segunda semana de negociaciones para alcanzar un acuerdo climático global vinculante, el Foro Internacional Indígena sobre Cambio Climático (IIPFCC) demandó a las partes incluir de manera explícita los derechos de los pueblos indígenas en el artículo dos del acuerdo climático. 

Mediante una carta dirigida a los ministros de Estado que participan de la COP21 en París, el foro indígena expresó asimismo su llamado a las Partes a comprometerse con objetivos ambiciosos de reducción de emisiones de carbono, para limitar el calentamiento global por debajo de 1.5 °C.

Tal medida busca mitigar los efectos negativos del cambio climático y asegurar la sobrevivencia y el desarrollo de todos los pueblos y naciones, incluso los que viven en pequeñas islas y áreas vulnerables.

El texto del Foro Internacional Indígena está siendo entregado en mano a los funcionarios que intervienen directamente en las negociaciones, y a los medios de comunicación, en inglés, francés y español.

A continuación reproducimos la carta difundida ayer:

¿Por qué es imperativo hacer referencia explícita a los derechos de los pueblos indígenas en el artículo 2 del Acuerdo de París?

París, 7 de diciembre de 2015

El Foro Internacional Indígena sobre Cambio Climático (IIPFCC) expresa su fuerte respaldo al llamado a las Partes a comprometerse con objetivos ambiciosos de reducción de emisiones de carbono, para limitar el calentamiento global por debajo de 1.5 C.

Esta medida es crítica para mitigar los efectos negativos del cambio climático y asegurar la sobrevivencia y el desarrollo de todos los pueblos y naciones, incluso los que viven en pequeñas islas y áreas vulnerables.

Al mismo tiempo, las medidas y políticas necesarias para perseguir los objetivos de la CMNUCC deberán anclarse en el respeto, la protección y el cumplimiento de los derechos humanos, incluyendo los derechos de los pueblos indígenas.

Este es un pre-requisito indispensable para asegurar la eficacia de las medidas, en particular para garantizar la integridad de los pueblos y el medioambiente, anticipando violaciones a los derechos humanos y daños ulteriores en acciones de mitigación y adaptación. Adicionalmente, el respeto y cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas proveerá las medidas necesarias para proteger y valorar el papel y las contribuciones positivas de los pueblos en la adaptación y mitigación del cambio climático.

Evidencias científicas prueban que la conservación y el manejo sostenible de las tierras y recursos por parte de los pueblos indígenas, ofrecen una contribución de gran valor a la protección de la Madre Tierra desde tiempos inmemoriales.

Por lo tanto, el respeto y la protección de nuestros derechos, en particular los derechos a la tierra, territorios y recursos, es un elemento crítico para maximizar el potencial del conocimiento tradicional, la innovación y las medidas de vida sostenibles de los pueblos indígenas. En realidad, esto es fundamental y coherente con la consecución de los objetivos de la Convención.

Por esta razón, la referencia explícita al respeto de los derechos de los pueblos indígenas en el artículo 2 debería ser considerada como una contribución global esencial para cumplir las metas de limitar el cambio climático, como fue originariamente imaginado por la Convención, cuando se lanzó el proceso de las COP.

En fin, confiamos en el apoyo pleno de la Partes para eliminar los corchetes en el actual borrador y se agregue “incluyendo los derechos de los pueblos indígenas”, para que el artículo 2 se lea como sigue:

This Agreement shall be implemented on the basis of equity and science, and in accordance with the principle of equity and common but differentiated responsibilities and respective capabilities, in the light of different national circumstances, and on the basis of respect for human rights, INCLUDING THE RIGHTS OF INDIGENOUS PEOPLES, and the promotion of gender equality [and the right of peoples under occupation].

Esta acción por parte de los ministros demostrará el compromiso de las Partes por cumplir los objetivos de la Convención.

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Fuente: http://www.iipfcc.org/carta-abierta-a-los-ministros/


Escrito por

Servindi

Agencia de noticias especializada en temas indígenas y ambientales, con sede en Lima, Perú.


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